No nos cansamos de destacar lo importante que es la normativa de Seguridad y Salud en el trabajo en general y, en nuestro caso concreto, en el trabajo en los almacenes.

Es fundamental tomar las medidas adecuadas para prevenir y evitar que se produzcan situaciones desagradables en el trabajo en los almacenes, no sólo en cuanto a daños materiales sino también en cuanto a daños personas en el entorno laboral.

La seguridad del trabajo en los almacenes legislada

La base de la seguridad y salud en el trabajo queda establecida en el artículo 40.2 de la Constitución Española vigente: “Asimismo, los poderes públicos fomentaran una política que garantice la formación y readaptación profesionales; velaran por la seguridad e higiene en el trabajo y garantizaran el descanso necesario, mediante la limitación de la jornada laboral, las vacaciones periódicas retribuidas y la promoción de centros adecuados.”

El Estatuto de los Trabajadores también trata la seguridad y la salud en el trabajo cuando se refiere a los derechos y deberes laborales básicos.

Establece en su artículo 4.2 d) el derecho de los trabajadores “a su integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene” y en el 5.b el deber básico de los trabajadores a observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten. Demás, dedica el artículo 19 a la Seguridad e higiene en el trabajo.

El referente legislativo en materia de seguridad y salud en el trabajo lo encontramos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, la Ley 31/1995, de 8 de noviembre de 1995.

Dicha ley fija los principio generales destinado a promover la seguridad y la salud de los trabajadores. Éstos son:

  • Prevención de los riesgos profesionales y la protección de la seguridad y la salud.
  • Disminución y eliminación de los riesgos derivados del trabajo.
  • La información, formación, consulta y participación de los trabajadores.

Por lo tanto, todo ello implica la actuación de las administraciones públicas, empresarios y trabajadores.

En ITE® Inspección Técnica de Estanterías cumplimos con las normas de seguridad laboral vigentes en lo que a la seguridad de los almacenes provistos de estanterías industriales respecta, siguiendo las directrices marcadas por la Norma UNE-EN 15635 “Almacenaje en estanterías metálicas. Aplicación y mantenimiento del equipo de almacenamiento”.

Además, las estanterías metálicas son un equipamiento de trabajo sujetas al cumplimiento de diferentes reales decretos y Normas UNE de seguridad laboral vigentes. Puedes consultarlos en el enlace donde recogemos la normativa y legislación de la inspección técnica de estanterías.

Igualmente, la validación de sistemas de almacenaje, es decir, la revisión y actualización de estanterías y sistemas de almacenaje a lo largo de su vida útil, está recogida en una normativa de validación de estanterías específica.

Para terminar no podemos dejar de mencionar el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. En él queda establecida la obligación del empresario de facilitar y dar la formación en seguridad en sistemas de almacenaje necesaria a sus trabajadores.

La formación en esta materia no sólo ayuda a mejorar la seguridad en el trabajo en los almacenes, sino que además conlleva otro beneficios que redundarán en un mejor clima laboral y mayor productividad.