En nuestro artículo anterior hablamos de la importancia de la normativa de Seguridad y Salud en el trabajo en general y, en nuestro caso concreto, en el trabajo en los almacenes. Y expusimos cuáles son las normas que aplican en cuanto a la seguridad del trabajo en los almacenes.

En este artículo vamos a centrarnos en las obligaciones del empresario y en las del trabajador en materia de seguridad en el almacén.

Obligaciones del empresario en materia de seguridad en el almacén

  • Elaborar un estudio para evaluar los riesgos del trabajo y combatirlos desde su origen eliminándolos o adoptando las medidas de protección adecuadas, anteponiendo las medidas de protección colectiva a las individuales.
  • Planificar la prevención de riesgos laborales.
  • Actuar en caso de riesgo grave o inminente.
  • Informar y formar a los trabajadores.
  • Suministrar los equipos de protección individual o EPI a los trabajadores y formarles sobre su uso.
  • Tener en cuenta la evolución de la técnica para la mejora de la seguridad y salud de los trabajadores.
  • Consultar a los trabajadores en materia de prevención.
  • Protección de trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos.

Obligaciones de los trabajadores en materia de seguridad en el almacén

  • Usar adecuadamente y de acuerdo son su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad.
  • Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario, de acuerdo con las instrucciones recibidas de éste.
  • No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad existente o que se instales en los medios relacionados con su actividad o en los lugares de trabajo en los ésta tenga lugar.
  • Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y de prevención o, en su caso, al servicio de prevención, acerca de cualquier situación que, a su juicio, entrañe por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores.
  • Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo.
  • Cooperar con el empresario para que ése pueda garantizar unas condiciones de trabajo que sean seguras y no entrañen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores.